La Libertad de Prensa y el control de los actos de gobierno

Por Sergio F. Rios

El presente es un esbozo de un trabajo mas completo que se publicara proximamente en I.J Editores, editorial juridica.
Hemos aprendido historicamente, de las democracias constitucionales mas evolucionadas, principalmente del mundo occidental, que la Prensa Libre, -vale decir, aquellos medios de comunicacion social independientes del gobierno de turno-, que una de sus funciones es la de exponer e informar sobre los actos de gobierno que podrian contrariar los valores republicanos, los atentados contra la democracia, los manejos espurios de fondos publicos o derechamente, los actos de corrupcion.
De esta manera y sin perjuicio que en un sistema republicano, la division de poderes tiende a crear pesos y contramarchas como mecanismo de autocontrol del gobierno por conducto de la revision de los actos que reciprocamente realiza cada Poder del Estado, la Prensa Libre, en muchas ocasiones, es la encargada de revelar en forma inmediata y contundente, en la medida que cuente con la noticia, los actos de gobierno que no se ajustan al orden juridico vigente o aquellos que ponen una se#al de alerta para la democracia vigente en un momento determinado, en un pais en particular.
Este modo de concebir a "La Prensa Libre", nos resultaba hasta ahora, familiar como engranaje propio de cualquier sistema democratico constitucional bien entendido. En esta linea de pensamiento, la suma de otras voces discordantes que engrosaran la lista de medios pertenecientes a la prensa libre, eran bienvenidas, puesto que se trataba de voces acordes o discordantes, pero prensa libre al fin, lo que implicaba que habria mayores observadores y divulgadores de la informacion de interes publico, que no hacian mas que fortalecer el sistema republicano y democratico.
Ahora bien, de un tiempo a este parte irrumpio en la sociedad un grupo de periodistas, que se han dado en llamar Periodistas Militantes y medios de comunicacion que decididamente pregonan un defensa incondicional a los actos de gobierno, que en apariencia aspiran a contrarrestar la informacion y opinion de aquellos medios que se mantienen en su editorial habitual, vale decir, los que continuan sacando a la luz los actos cuestionables procedentes del gobierno de turno. Notese que aquella serie de caracteristicas que permiten definir a la Prensa Libre, del modo que nos lo han ense#ado los Grandes Maestros, - Un Derecho Preferente que conforma la columna vertebral de un sistema democratico, nacido de nuestra Constitucion Nacional de 1853, con regulacion en los arts. 14, 32, 33 y cs de la Carta Magna y demas articulos de las Convenciones Internacionales con jerarquia constitucional de acuerdo al art. 75, inc. 22 de la C.N-; hoy, frente a un nuevo panorama de medios y a la luz de las segundas intenciones surgidas del espiritu que llevo a sancionar la ley de Servicios de medios Audiovisuales, se nos presenta un nuevo desafio a la hora de conocer si esta nueva especie de periodismo llego para quedarse y si asi fuera, si pasa el tamiz constitucional del concepto de Prensa, Imprenta o libertad de Expresion, asi entendido por mentes preclaras como la de Juan Bautista Alberdi, el creador de "Las Bases" de nuestra ley fundamental.
En la corta experiencia desde la existencia de esta nueva especie de periodismo, el resultado que arroja a la fecha, es una carencia absoluta de ejercicio de control de los actos de gobierno y desde esta perspectiva, se vislumbra un ensanchamiento de voces oficialistas, alejandas del cumplimiento de las funciones de una prensa que informe a la ciudadania sobre los manejos del erario publico o sobre los desvios tiranicos que podrian presentarse en quien esta en ejercicio del poder.
La comparacion inevitable de una prensa y la otra desemboca necesariamente y por instinto democratico, en que la utilidad democratica de la prensa, radica en la denominada Prensa Libre no vinculada al poder de turno.