LIBERTAD DE PRENSA. UN GALARDON EQUIVOCADO.

El sábado 26 de marzo de 2011, me encontré en la tapa del diario La Nación con un titular indignante que decía: “Otorgan en La Plata un premio periodístico a Hugo Chávez”
El subtitulo al titular, decía La Universidad Nacional lo galardonó por su “compromiso por afianzar la libertad”
Solo por mencionar algunos de los atropellos que realizó el dictador en Venezuela, debemos recordar que en 2007, después de perder su concesión, el canal opositor RCTV salió del aire, sin poder continuar con su difusión. Dos años después, mandó cerrar 34 radios y otra emisora opositora, Globo visión, ha sido también blanco de los ataques del gobierno de Caracas, al punto que uno de los representantes de ese medio, debió refugiarse en los EE.UU, por temor a ser encarcelado y para proteger su integridad física.
Según informaciones, el reconocimiento a Chávez se entregará en forma conjunta con la Red de Carreras de Comunicación y Periodismo de la Argentina, la agrupación estudiantil Rodolfo Walsh y la JUP de la ciudad de La Plata.
Es dable recordar también, que la jueza venezolana, María Afiuni, arrestada por expreso pedido del dictador, en el mes de enero de 2010, recorrió el pasillo de su lugar de trabajo esposada, filmada y humillada por no ser afín a las políticas del gobierno venezolano.
Pese a todo esto y lo demás, que en honor a la brevedad no enumeramos, el Presidente Chávez, será galardonado nada menos que en la Facultad de Comunicación y Periodismo de la Universidad Nacional de La Plata, que en tiempos lejanos supo engendrar ilustres personalidades de la talla de la reconocida dirigente política y defensora de los derechos de la mujer, Florentina Gómez Miranda, graduada ilustre de esa casa de altos estudios.
En otro orden de cosas, mientras, por una parte, los intelectuales afines al gobierno de la Sra. De Kirchner pretenden silenciar al reciente premio nobel de literatura “Vargas Llosa” para la apertura de la próxima feria internacional del libro, por la otra, se galardonará al dictador más destacado que tiene Latinoamérica en estos tiempos.
Veamos brevemente que nos dice el Derecho Internacional en esta materia. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, reconoció en Claude Reyes v. Chile, que el acceso a la información es un derecho universal y expresamente estableció el derecho de “buscar y recibir información” del gobierno. (fuente. Departamento de Derecho Internacional. Organización de los Estados Americanos. Washington D.C. (www.oas.org))
El Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que el derecho a la libertad de expresión comprende la libertad de buscar, recibir y difundir información.
El Artículo IV Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre reconoce que cada persona tiene el derecho a la libertad de investigación, de opinión, y de expresión y difusión del pensamiento por cualquier medio.
El Artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos también protege el derecho y la libertad de buscar, recibir, y difundir informaciones e ideas de toda índole. Finalmente, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de 2000 de la Comisión Interamericana de Derecho Humanos hace eco de este derecho de acceder a información pública y una vez más resalta que el acceso a la información en poder del Estado es un derecho fundamental de todo individuo.
Ley Modelo
En junio de 2009, la Asamblea General de la OEA encomendó al Departamento de Derecho Internacional la elaboración de un proyecto de [Ley Modelo sobre Acceso a la Información], con la participación de órganos, agencias y entidades de la OEA, Estados miembros y organizaciones de la sociedad civil, con miras a proporcionar el marco jurídico necesario para garantizar la participación ciudadana en un sistema democrático, el fortalecimiento de la rendición de cuentas, la confianza en las instituciones gubernamentales y garantizar los derechos humanos.
Colofón.
Dios ilumine a los pueblos de América para que adviertan el camino de la verdad, la libertad, la correcta defensa y protección de los derechos humanos, a la luz de los estamentos plasmados por la ley internacional.
Es oportuno recordar la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS SUSCRITA EN LA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969, con cuya cita quiero culminar este breve comentario transcribiendo el preámbulo de este Tratado Internacional:
PREAMBULO
Los Estados Americanos signatarios de la presente Convención,
Reafirmando su propósito de consolidar en este Continente, dentro del cuadro de las instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre;
Reconociendo que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional, de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados americanos;
Considerando que estos principios han sido consagrados en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos que han sido reafirmados y desarrollados en otros instrumentos internacionales, tanto de ámbito universal como regional;
Reiterando que, con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sólo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos, y
Considerando que la Tercera Conferencia Interamericana Extraordinaria (Buenos Aires, 1967) aprobó la incorporación a la propia Carta de la Organización de normas más amplias sobre derechos económicos, sociales y educacionales y resolvió que una convención interamericana sobre derechos humanos determinara la estructura, competencia y procedimiento de los órganos encargados de esa materia …
Recordemos que “La forma de darnos cuenta de cuál es el camino de la verdad es permitir sentir dentro nuestro qué es los virtuoso”